Causa que ha originado bien el despido, bien el fin de la relación laboral (como puede ser la propia extinción del contrato, la baja voluntaria, etc). De este modo no sería necesario que nadie presentara el certificado de empresa presencialmente, y podría empezar a tramitarse la prestación por desempleo. La empresa puede presentar el certificado de empresa a través de ficheros XML, o cumplimentando un formulario online. Si la empresa no estuviera integrada en el RED, lo que no es frecuente, deberá entregar al trabajador los TC2 (documentos de cotización) correspondientes de los 180 días de trabajo anteriores al cese. La empresa deberá emitir el Certificado de Empresa en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la situación legal de desempleo .
¿Cuál es la dirección de correo electrónico del SEPE?
Esta dirección es: miprestacion2020@sepe.es. Esta dirección de correo funciona sin distinciones provinciales y se ha puesto en marcha para hacer frente a las quejas de los afectados por los ERTEs, tanto por no haber cobrado nada o por haber cobrado una cantidad menor a lo que le correspondía.
Si hay forma de probarlo, el trabajador puede grabar al empresario mientras amenaza con no entregar el certificado de empresa. Es así porque, de lo contrario, se le podría pasar el plazo de 15 días hábiles desde que se encuentra desempleado para pedir el paro, aunque tendría que adjuntar a la solicitud el impreso de “Declaración de carencia de documentación en la solicitud de prestaciones”, explicando que la ausencia del Certificado de Empresa se debe por la negación de la compañía a enviarlo. La mayoría de las veces será el propio SEPE el que se lo solicite entonces a la empresa. Como se ha explicado, son las empresas quienes tienen la obligación de enviar el Certificado de Empresa. En caso de que se negaran a hacerlo, pueden ser sancionadas con multas de entre 626 y 6.250 euros, según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Consultar el Certificado de empresa por Internet
El certificado de empresa es un documento necesario para pedir las ayudas por desempleo. Esta plataforma, Certific@2, también la pueden utilizar los representantes legales de las empresas así como profesionales colegiados que actúan en nombre de terceros. No obstante, para acceder a la misma se tiene que tener a personas contratadas, desarrollar la actividad laboral en España y tener asignado un CIF o NIF a una cuenta de cotización. Para ello es necesario entrar en la página de consultas de la protección por desempleo del SEPE, y hacer clic en el botón que aparece abajo a la derecha en el que pone «Consultar certificados de empresa».
¿Quién tiene que enviar el certificado de empresa?
¿Quién se encarga de enviar el certificado de empresa? La empresa en la que ha estado contratado el trabajador tiene la obligación de enviar el certificado de empresa una vez que aquel ha pasado a estar en situación legal de desempleo.
Ahora se trata de un fichero telemático que la empresa cumplimenta vía online y lo manda de forma directa al SEPE. Se faculta a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal para resolver cuantas cuestiones de índole general puedan plantearse en aplicación de esta orden. Para hacerlo es necesaria firma digital o autorización concedida por la aplicación , consistente en un código de usuario y una clave personal. B) La comunicación de datos puede realizarse durante las 24 horas del día, todos los días del año.
¿Qué pasa si la empresa no envía el certificado de empresa al SEPE?
Una vez llegado el momento de solicitar la ayuda se debe de indicar al funcionario de la oficina de empleo que se ha solicitado el certificado de empresa y que no se lo han entregado. El funcionario en este caso deberá de facilitar un impreso de “declaración de carencia de documentación en la solicitud de prestaciones”, en el que se indicará que no se tiene el certificado de empresa ya que la empresa no lo ha querido entregar. En todo momento a través de la oficina electrónica del SEPE y dentro de la sección Procedimientos y Servicios, es posible consultar los datos del certificado de empresa que haya enviado la empresa, así como obtener una copia del certificado de empresa, en la que haya cesado en tu actividad laboral. Para acceder a este servicio es necesario identificarse con certificado digital, DNI electrónico, usuario y contraseña obtenida a través del sistema Cl@ve o datos de contraste. La aplicación certific@2, será el único sistema válido para la remisión vía Internet de los datos del certificado de empresa de cese, suspensión o reducción de la relación laboral, al Servicio Publico de Empleo Estatal. El certificado de empresa es un documento que contiene los datos personales y de cotización necesarios para acreditar la situación legal de desempleo y reconocer la prestación, así como para determinar su cuantía.
Normalmente el certificado lo envía directamente la empresa al Servicio Público de Empleo Estatal a través de una aplicación informática, Certific@2 que es obligatoria en las empresas con mayor número de empleados. Si finalmente no se consigue el certificado, se podrá acreditar los días cotizados a través de un informe de vida laboral , el contrato de trabajo, un informe de bases de cotización, los documentos TC1 y TC2 de cotizaciones, etc. De esta forma, el SEPE se tiene que encargar de solicitar a la empresa, directamente o bien a través de la Inspección de Trabajodicha documentación. No se puede exigir al trabajador que sea él, quien por sus propios medios obligue a que la empresa le entregue el Certificado.El trabajador no tiene medios, pero la Administración sí, llegando a imponer sanciones a la empresa si no cumple con su obligación.
¿Quién se encarga de enviar el certificado de empresa?
Los datos que se incluyen en el certificado están previstos por el SEPE y son los mismos en todos los casos, puesto que existe un formulario oficial que el empleador debe cumplimentar y enviar de forma telemática. Plazos para el envío por las empresas a través de certific@2 del certificado de empresa. Dicha entrega se realizará en el plazo máximo de diez días desde la suspensión o extinción de la relación laboral.
¿Qué significa solicitud archivada en el SEPE?
Si no entrega la documentación que se le ha reclamado en el plazo indicado para hacerlo, su solicitud quedará archivada. Recibirá entonces una resolución declarando tal archivo, contra la que podrá presentar una reclamación previa a la vía jurisdiccional.
El Servicio Público de Empleo Estatal intentará ponerse en contacto con ella, directamente o por medio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En casos de fuerza mayor el Certificado de Empresa o los documentos de cotización pueden sustituirse por otros medios de prueba, según indiquen en la oficina de empleo. Como excepción, el Certificado se suele entregar en mano en aquellas empresas que por su actividad fija discontinua o temporal tengan diversos periodos de actividad o inactividad o sucesivos contratos temporales dentro del mes y también en empresas de tamaño muy reducido.
¿Quién tiene la obligación de enviar el certificado de empresa al SEPE?
En caso de que la empresa se niegue a emitir el certificado de empresa, el trabajador tendrá que solicitar la prestación por desempleo igualmente, porque tiene un plazo de quince días hábiles para realizar este trámite una vez que pasa a situación legal de desempleo. Si la empresa se niega a entregar el documento, el trabajador debe solicitar la prestación de todos modos, para evitar que se le pase el plazo para pedir el paro (recordemos que es de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo). • Mediante la aplicación informática Certific@2 los empleadores pueden transmitir telemáticamente la documentación que están obligados legalmente a facilitar para la solicitud de prestaciones por desempleo de los trabajadores con los que hubieran mantenido una relación laboral. En el caso de que la empresa no entregue el certificado, el trabajador tiene que pedir la prestación o el subsidio como si lo tuviera.
¿Cómo enviar certificado de empresa?
¿Cómo se envía? El Sistema de envío del certificado de empresa se realiza a través de la aplicación certific@2, a la que se tiene acceso a través de la web www.sepe.es. Para hacerlo es necesaria firma digital o autorización concedida por la aplicación CONTRAT@, consistente en un código de usuario y una clave personal.
La Ley General de la Seguridad Social establece la obligación de los empresarios de facilitar elcertificado de empresaa los trabajadores, así como la de proporcionar la documentación e información para el reconocimiento del derecho aprestaciones por desempleo. Se establece un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la situación legal de desempleo para cumplir la obligación de entrega del certificado de empresa al trabajador. El certificado de empresa es el documento que emite la empresa con el que se acredita la situación legal de desempleo del trabajador y la causa de la misma, es decir,el motivo por el que ha cesado la relación laboral, que puede ser un despido, finalización del contrato temporal, cese por no superar el periodo de prueba, ERE, baja voluntaria, etc. La aplicación certific@2 emite un resguardo del envío de datos realizado que servirá como justificante del envío del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal para la tramitación de las prestaciones por desempleo por los trabajadores que hayan cesado o tengan suspendida o reducida la relación laboral en la empresa.