Los pasajeros en tránsito aeroportuario con destino final a otro país no están obligados a disponer de ninguna certificación ni a llenar el formulario sanitario online SpTH. Una vez cumplimentado, obtendrás un código QR que debes presentar, tanto en el momento del embarque, como a la llegada a España. En esta categoría están en este momento todos los países de Sudamérica, América Central, el Caribe y EEUU. En caso de interés, puede consultar la normativa referente a los Controles Sanitarios y a las restricciones temporales de movilidad en este enlace. Aquellos en tránsito internacional (siempre que no abandonen el entorno portuario o aeroportuario y que su estancia en España no sea superior a 24 horas) y los menores de doce años quedan exentos de la presentación de las certificaciones.
Todas las personas de 6 años o más, procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España vía terrestre deberán disponer de alguna de las certificaciones de vacunación, prueba diagnóstica o recuperación especificadas en el primer apartado. Se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 con resultado negativo expedidos en las cuarenta y ocho horas anteriores a la llegada a España. En el caso de Suiza, que no pertenece a la Unión Europea, pero sí al espacio Schengen,los viajeros no tienen que presentar su certificado de vacunación, recuperación o prueba negativa.El país ha levantado sus restricciones para las llegadas de todo el mundo. Países Bajos no somete a controles de acceso a los viajeros que lleguen desde países de la Unión Europea y la zona Schengen.
El certificado de vacunación con pauta completa de los menores de 18 años no tiene fecha de caducidad. Yano existen restricciones COVID-19 a los viajes a Grecia, desde la Unión Europea o países de fuera del espacio comunitario. Así, desde el 1 de mayo de 2022, los viajeros no tienen que presenten un certificado de vacunación, de recuperación de el COVID-19 o un resultado negativo en las pruebas del coronavirus. No existen restricciones a los viajes a Austria, desde la Unión Europea o países de fuera del espacio comunitario. Así, desde el 16 de marzo de 2022, no se exige a los viajeros que presenten un certificado de vacunación, de recuperación de el COVID-19 o un resultado negativo en las pruebas del coronavirus. Se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa.
➡En los menores de 18 años, el certificado de vacunación con pauta completa no tiene fecha de caducidad. Así lo analiza la agencia Rebold, en su estudio ‘Descifrando el sector de viajes 2022’, donde se detecta que las expectativas de recuperación en el sector de viajes y turismo son optimistas y se pone en valor que España vuelve a ser el principal destino europeo tanto para viajeros globales como españoles. Si no se está vacunado, puede aportarse un documento oficial que certifique quese ha pasado el COVID-19en los últimos seis meses o que se ha dado negativo en una prueba realizada justo antes del viaje. La “vacunación completa”para el certificado implica solo las dos primeras dosis si han pasado menos de nueve meses desde el segundo pinchazo.
Desde el 1 de abril de 2022, Letoniano exige certificados de vacunación o recuperación ni resultado negativoen las pruebas de COVID-19 para entrar por vía aérea desde cualquier otro país. Como otros gobiernos europeos, las autoridades letonas contemplan mantener estas medidas para regiones de “alto riesgo”, aunque actualmente no se incluye a ningún país. El pasado 7 de marzo,Hungría eliminó todas las restriccionesa viajeros por la pandemia y, por lo tanto, ya no es necesario presentar certificados de vacunación o recuperación ni resultados negativos en las pruebas de la enfermedad.
Las medidas sanitarias se seguirán aplicando a los viajeros procedentes de países o zonas de preocupación variante, pero actualmente no hay ningún país o zona en la lista. En el momento actual no existen países a los que se les exijan medidas adicionales a las ya comentadas. En el caso de que la situación epidemiológica de un país/territorio o zona empeorara de manera preocupante se podrán aplicar medidas excepcionales de control sanitario a los pasajeros procedentes de dichos países/zonas. Los pasajeros que estén en posesión de un Certificado de recuperación que no sea un Certificado Covid Digital de la UE o equivalente, deberán aportar, además, la prueba documental del test diagnóstico del que deriva dicho certificado de recuperación. Los pasajeros que hayan pasado la enfermedad, podrán presentar un certificado de recuperación siempre y cuando hayan transcurrido más de 11 días desde que se realizó la primera prueba NAAT positiva.
Los menores de 12 años podrán entrar en España sin justificante
La modificación establece controles sanitarios a las personas que lleguen a España por vía aérea o marítima desde países que no pertenezcan a la Unión Europea o no tengan la consideración de países asociados Schengen. Los viajes a Rumaníaya no implican certificados COVID de vacuna, recuperación o prueba negativa.Los pasajeros, independientemente de su procedencia, tampoco tendrán que rellenar un formulario de entrada al país ni tendrán que guardar cuarentena. Desde el 1 de julio, los viajeros que entren en Portugalya no estarán obligadosa presentar una prueba negativa de COVID-19, ni el certificado de vacuna o recuperación, independientemente de si llegan desde la Unión Europea o del resto del mundo. Los viajeros a Dinamarca no están obligados a estar vacunados o presentar un documento que demuestre la recuperación del COVID-19 o una prueba negativa de COVID-19 al haberselevantado todas las restricciones de entrada al paíspor la pandemia. A los pasajeros que lleguen a España por VÍA AÉREA O MARÍTIMA procedentes de estos países NO se les exigirá la presentación del formulario de control sanitario SpTH ni de un certificado COVID-19. Los test rápidos deberán ser los incluidos en la lista común de pruebas rápidas de antígenos para el diagnóstico de la COVID-19 acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria de la Unión Europea, realizada por profesionales sanitarios o por personal cualificado para la realización de pruebas.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que, en este momento, todos los países de la UE y del EEE son considerados zonas de riesgo, a excepción de Islandia. Para el diagnóstico de la COVID-19 acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria de la Unión Europea (disponible aquí) y estar realizados por profesionales sanitarios o por personal cualificado. Se recomienda no viajar en caso de presentar síntomas compatibles con la COVID-19 (fiebre, dificultad respiratoria, tos…). Si va a realizar un viaje dentro del territorio nacional, por favor, consulte la información proporcionada por las Comunidades Autónomas en relación con sus requerimientos al viajero a través del siguiente enlace. B) Certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico).
¿Se puede viajar a España ahora? Turismo y Viajes Esenciales COVID
España ha levantado todas las restricciones por COVID-19 a los viajeros que lleguen desde países de la Unión Europea o la zona Schengen. Sin embargo sí se someterá a controles y se exigirá elcertificado de vacunación, recuperación o prueba negativapor el coronavirus a quienes entren al país en avión o barco,procedentes de territorios extracomunitarios. Se consideran válidos los certificados de recuperación basados en pruebas de detección de antígenos incluidas en la lista acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria de la Unión Europea (disponible aquí) y estar realizados por profesionales sanitarios o personal cualificado. Se aceptarán como válidos los certificados de recuperación expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.
Viajar a España en tiempos de Coronavirus Covid
Después de más de dos años de pandemia,el verano de 2022 llega a Europacon la esperanza de volver a la normalidad en el turismo internacional. O, al menos, acercarse a ella, porque algunos pocos Estados miembros mantienen medidas para el control de acceso por la pandemia de COVID-19. C) Certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (certificado de recuperación).
En cambio, sí deberan presentar un certificado de vacunación completa, recuperación o prueba de COVID-19 negativaquienes aterricen desde territorios extracomunitarios. Las autoridades estoniashan levantado recientemente las medidas de control de entrada a los países no Schengen.Por lo tanto, ningún viajero a Estonia tendrá restricciones por COVID-19. Se puede entrar sin certificado de vacunación, recuperación o prueba de COVID-19, independientemente del país de origen.
PASAJEROS PROCEDENTES DE PAÍSES QUE PERTENEZCAN A LA UNIÓN EUROPEA O PAÍSES ASOCIADOS SCHENGEN
A los pasajeros con Certificado COVID Digital de la Unión Europea o equivalente UE válido no se les exigirá ninguna documentación adicional, ni en el embarque ni en los controles sanitarios a la llegada. Dentro de los nuevos requisitos sanitarios, España permite la entrada de TODOS los turistas, provenientes de cualquier país que cumplan con al menos uno de los requisitos indicados al inicio de este post. Siempre y cuando hayan transcurrido más de 11 días desde que se realizó laprimera prueba NAAT o RATcon resultado positivo, y tendrá validez hasta 180 días desde entonces. ➡Siempre que hayan recibido la dosis completa de alguna de las vacunas aprobadas por la EMA o la OMS (Organización Mundial de la Salud), es decir, Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Novavax, Sinopharm, Sinovac y Cansino .
Coronavirus COVID
Italia haeliminado todas las condiciones de entrada al paíspor la pandemia a partir del 1 de junio de 2022. Por ello, no se seguirá pidiendo el certificado de vacunación o recuperación de la COVID-19 ni resultados negativos en las pruebas del virus. A partir de ese momento, el certificado de vacunación deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo. Estos certificados serán considerados válidos desde el mismo día en que se administre la dosis de refuerzo. ➡Si el viajero es mayor de 18 años y han transcurrido más de 270 días, debe aplicarse la dosis de refuerzo de una de las vacunas admitidas. Este certificado será considerado válidos desde el mismo díaen que se administre la dosis de refuerzo.
QR SpTH, introduciendo manualmente los datos de tu certificado de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica. Mientras tanto, los viajeros procedentes de países extracomunitarios pueden entrar en España con un test negativo de Covid-19. El BOE del 2 de junio establece una modificación en la norma relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada a España, que entra en vigor con su publicación.