Por tanto es imprescindible que todo beneficiario que viaje con billete aéreo bonificado vaya provisto del documento que acredite su identidad, ya sea el documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia y, en su caso, los certificados acreditativos señalados anteriormente. Quiénes viajen con billete aéreo bonificado deberá ir provistos del documento que acredite su identidad, ya sea el documento nacional de identidad o tarjeta de residencia. Cuando, a requerimiento de la compañía aérea o de los órganos administrativos competentes, un pasajero que viaje con billete aéreo bonificado no pueda demostrar su identidad y residencia o los datos no coincidan con el titular del billete o pasaje, no podrá efectuar el viaje correspondiente. La compañía aérea está obligada a comprobar en el momento de la facturación previa al embarque, la identidad del beneficiario cuyo nombre figure en el billete, con su documentación personal, de forma exhaustiva, es decir a todos los pasajeros con billete subvencionado. De forma transitoria, los ciudadanos de los Estados miembros de la UE o Estado firmante de acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o Suiza, podrán identificarse y/o acreditar la condición de residente mediante la tarjeta de residencia en vigor.
De no producirse una acreditación telemática positiva, será necesario que se acredite como residente exhibiendo los documentos descritos en el apartado “condiciones que debo cumplir” en facturación o embarque para poder utilizar su billete subvencionado. Si es miembro del Congreso de los Diputados o del Senado y no se ha producido validación SARA en la adquisición del billete, podrá acreditar la condición de residente mediante presentación de la credencial de las correspondientes Cámaras, en la que conste, además del nombre y apellidos, el documento nacional de identidad y la circunscripción del Diputado o Senador electo. Si tiene tarjeta ciudadana pero no dispone del número, puede recuperarlo en cualquier momento en el Área del usuario (infotci.palma.cat) indicando DNI, fecha de nacimiento, correo electrónico y se enviará un mensaje con los datos solicitados. La documentación será el Título Oficial de Familia Numerosa o Documento Individual expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente, en vigor y el DNI o documento equivalente. Si es menor de 14 años y no dispone de dicho documento, se deberá anotar en el billete la fecha de nacimiento.
Sede electrónica del Gobierno de Canarias
En cumplimiento con la ley, deberá acreditar su condición de residente en los mostradores de facturación y puertas de embarque. Los españoles menores de 14 años que no dispongan de DNI, deberán acreditarse mediante Certificado de Residencia, con validez de seis meses, del Ayuntamiento en el que residan, en donde deberá figurar la fecha de nacimiento del menor. Válido para acreditar la residencia canaria y beneficiarse de la bonificación al transporte aéreo y marítimo para residentes. Documento expedido por el Consell de Mallorca, con sello y firma original, que indique el menor para el cual se solicita el certificado, los datos y el D.N.I. de la persona que figura como autorizada para recogerlo, quien deberá exhibir el documento de identidad de la persona representada -menor-. Ciudadanos de terceros países, (países distintos de los mencionados en el apartado I.-), con permiso de residencia de larga duración, que residan en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Si se es español menor de 14 años y no dispone de DNI o pasaporte, solo el certificado de empadronamiento emitido por el ayuntamiento en el que residan.
Estas bonificaciones serán aplicables a los ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea y del espacio económico , que acrediten la condición de residentes en las Islas Baleares o Islas Canarias o Ceuta. Cuando el pasajero no pueda acreditarse correctamente como beneficiario, con la documentación requerida ante el personal de la compañía aérea, en facturación o embarque, no podrá hacer uso del billete subvencionado. En el caso de acreditación de residencia, ésta se hará a través de la plataforma SARA en el momento de la adquisición del billete.
Solicitud de Certificados de Residencia
Ser residente de larga duración conforme a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero y su normativa de desarrollo. En caso de no contar con un documento de identidad del menor, aportar copia del certificado de alta en el Centro de Acogida expedido por el IMAS. Puede que su bloqueador de elementos emergentes esté evitando que se abra la ventana con su certificado de residencia, para poder obtenerlo deberá permitir la aparición de elementos emergentes para esta página. Desde el 01 de Mayo 2008 el descuento de residente se ha ampliado a ciudadanos de Chipre, Eslovenia, Estonia, Hungría, Latvia, Lituania, Malta, Polonia, Republica checa, Republica eslovaca residentes en las Islas Baleares o Canarias.
Los ciudadanos españoles, de UE, EEE o Suiza que residan en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Seleccione de la lista a aquellos menores a los que desea emitir el certificado y pulse “Emitir certificado/s seleccionados”. El visualizador del Firefox puede no mostrar correctamente el pdf, en este caso la opción más sencilla es usar el icono de la esquina superior “Descargar”, una vez descargado en su ordenador puede abrir el documento pdf con normalidad. En caso de extravío, sustracción, destrucción o deterioro del Documento Nacional de Identidad deberá presentarse duplicado expedido por la Dirección General de Policía. Para poder visualizarlo es necesario tener instalada y actualizada a la última versión la aplicación “Adobe Reader”.
Emisión de certificado de residencia para viaje
En el caso de hacerlo todo correctamente, el resultado será un pdf con varias páginas, con los certificados del titular del DNI especificado y los de los menores (que no tengan DNI dado de alta en el padrón) que se encuentran empadronados con el titular. Especifique en el campo del DNI el de una persona que se encuentra empradonada con el menor de edad, en los campos siguientes especifique el nombre y la fecha de nacimiento de la misma persona titular del DNI que se ha especificado en el primer campo. Los españoles con DNI en vigor, en donde deberá figurar su domicilio en el Archipiélago Canario. En el caso de que en su DNI no figure este domicilio, que da derecho a la bonificación deberán presentar también el Certificado de Residencia para Viajar de su Ayuntamiento correspondiente, que tendrá una validez de hasta seis meses. En el caso de hacerlo todo correctamente, se le mostrará una lista con todos los menores sin DNI, con derecho a la emisión del certificado, de la hoja padronal del titular especificado. En el caso de que el Cliente no presente ninguna documentación válida acreditativa de su residencia, no será aceptado al vuelo, teniendo que adquirir otro billete sin subvención de residente y volver a facturar dentro de los tiempos mínimos establecidos.
¿Dónde sacar el certificado internacional de vacunación?
Para solicitar el certificado de vacunación internacional debes ingresar a mevacuno.gob.cl y seleccionar la opción DESCARGAR que encontrarás bajo tus dos dosis de vacunas aplicadas en el país.