La afluencia a nuestras oficinas está restringida a cuestiones inaplazables que no admiten otro canal. Si no puede utilizar la sede o enviar el impreso por correo postal o presentarlo en otros registros,debe solicitar cita previa. Durante los meses de enero y junio, los mutualistas y los beneficiarios con Documento asimilado al de Afiliación, que estén adscritos a los Servicios Públicos de Salud o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, pueden solicitar el cambio de Entidad, por una sola vez en cada periodo ordinario de cambio.
Todos los años pueden solicitar el cambio ordinario, salvo que obtengan un cambio extraordinario al INSS y en este caso deben permanecer cinco años sin poder realizar ningún cambio. En el supuesto de realizar un cambio ordinario en un año, ¿se puede cambiar de entidad, de nuevo, en el mes de enero del año siguiente?. Cumplimente y firme el impreso de cambio de entidad que puede obtener de la página web o que le facilitarán en su oficina de MUFACE. Entréguelo con el documento de afiliación o, en su caso, el documento asimilado al de afiliación que tiene en su poder. Los mutualistas y los beneficiarios con Documento asimilado al de Afiliación, adscritos tanto al INSS (Sistema Sanitario Público) como a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, pueden solicitar cambio de Entidad durante el mes de enero de cada año.
Los mutualistas, de nuevo, podrán hacer uso de su libertad de elección en junio, como demandan los términos del Concierto y Convenio con el INSS, elección que está en la base misma del modelo de mutualismo administrativo. Cuando se produzca un cambio de destino del mutualista en activo que implique traslado a otra provincia o isla. Si se puede elegir también el INSS como entidad prestadora de la asistencia sanitaria. Si, se puede elegir también el INSS/Sistema Sanitario Público como entidad prestadora de la asistencia sanitaria.
Cambios de entidad médica por causas extraordinarias
Catálogos médicos y servicios ASISA, SegurCaixa ADESLAS, DKV e Igualatorio de Cantabria. Es necesario estar en posesión de un certificado electrónico reconocido o un DNI electrónico. Cuando, manteniendo su localidad de destino o siendo jubilado o beneficiario, el mutualista cambie su domicilio a otra provincia. Es necesario estar en posesión de un certificado electrónico reconocido o un DNI electrónico, o haber obtenido Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN .
¿Dónde pedir la tarjeta roja Seguridad Social?
Para ello, accede a través de la Oficina Virtual de ClicSalud+ y sigue estos pasos: Identifícate con tus datos personales, certificado digital / DNI electrónico o sistema Cl@ve. Comprueba que tu domicilo es correcto, pues será la dirección donde recibas la nueva tarjeta. Clica en la opción Solicitar tarjeta.
La tramitación del cambio de entidad admite otros canales distintos de la atención presencial Hágalo a través de la sede electrónica o por correo postal. MUFACE comunica los cambios realizados a las Entidades Médicas e INSS, así como cualquier dato necesario para la prestación de la Asistencia Sanitaria y Farmacéutica recogida en el concierto sanitario. Sí, pero previamente debe obtener la conformidad por escrito de las dos entidades afectadas. Con las cartas de la entidad que acepta el alta y la de la entidad que acepta la baja, debe personarse en su Oficina de MUFACE con el documento de afiliación. Cuando se produce un cambio de destino del titular que implica traslado a otra provincia, puede cambiar de entidad, cumplimentando el impreso correspondiente. En el momento en que se realiza el cambio en la Oficina de Muface, o en la Sede Electrónica si lo ha tramitado de forma digital, usted y sus beneficiarios ya están adscritos a la nueva entidad y de baja en la anterior, sin que existan períodos de carencia para ningún tipo de asistencia.
Administración Pública
El plazo de presentación de las solicitudes es desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre de 2022. Abierta convocatoria para la concesión de ayudas asistenciales para el año 2022. Contra la Covid-19 desplegada por el Ministerio de Sanidad, MUFACE quiere hacer constar que sigue remitiendo a las comunidades autónomas –responsables del proceso de vacunación– losdatos actualizados de identidad y contacto de mutualistas con opción de entidad concertada.
¿Cómo pedir tarjeta sanitaria Muface?
La Tarjeta Sanitaria Europea y el CPS se pueden solicitar en: Sede Electrónica de MUFACE (*). Por este procedimiento, 24 horas al día, todos los días del año, se podrá obtener a través de un Certificado Digital, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN.
Durante los meses de enero y junio, los funcionarios docentes con régimen MUFACE que estén adscritos a los servicios públicos de salud o a las entidades de seguro de asistencia sanitaria pueden solicitar el cambio de entidad. Durante el mes de junio los mutualistas podrán realizar, si lo desean, el cambio ordinario de entidad sanitaria. Muface está limitando los aforos y restringiendo la atención presencial, y en las oficinas solo atienden urgencias o cuestiones que no pueden resolverse por tfno., email o Internet. Salvo en caso de urgencias de asistencia sanitaria, debe siempre contactar previamente con su oficina si quiere acudir y recibir atención presencial, ya sea por tfno. O por email, y estar atento/a a la web de Muface y el Twitter @mufaceoficial, ya que están implantando canales específicos de cita previa.
Cambio extraordinario al INSS
Durante los meses de enero y junio, los mutualistas y los beneficiarios con Documento asimilado al de Afiliación, que estén adscritos al INSS (Sistema Sanitario Público) o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, pueden solicitar el cambio de Entidad, por una sola vez en cada periodo ordinario de cambio. Los titulares que no soliciten cambio continuarán adscritos a la misma Entidad que lo estén a 31 de diciembre o, en su caso, a 31 de mayo de cada año. Si tiene certificado digital o DNI electrónico, a través de la sede electrónica de MUFACE, se pueden efectuar cambios ordinarios entre Entidades de Seguro Privado de Asistencia Sanitaria, así como al INSS desde el 1 de enero de 2016. (deberá contar, previamente, con el número de afiliación a la Seguridad Social).
Los mutualistas y los beneficiarios con Documento asimilado al de Afiliación, adscritos tanto al INSS (Sistema Sanitario Público) como a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, pueden solicitar cambio ordinario de Entidad durante el mes de enero de cada año. A partir del 1 de enero, y durante todo el mes, las personas mutualistas que así lo deseen pueden solicitar el cambio de entidad sanitaria. De la forma en que se ha ejercido el derecho de cambio ordinario de entidad, tanto en el número de cambios como en su tipología.
Para acceder a cualquier trámite de la Sede se necesita certificado digital, DNIe, o credenciales Cl@ve (Cl@vePIN o clave permanente). Le recordamos que para la solicitud de Talonarios de Recetas y TSE tiene disponible la App Móvil de MUFACE.
MUFACE comunica los cambios realizados a las Entidades Médicas e INSS, así como cualquier dato necesario para la prestación de la asistencia sanitaria y farmacéutica recogida en el concierto sanitario. Cuando el mutualista obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las Entidades afectadas. Este supuesto incluye el cambio a cualquier entidad de seguro desde la red sanitaria pública, pero no el caso contrario que se regula en el epígrafe 2.2 siguiente. Cuando se produzca un cambio de domicilio, con cambio de provincia o isla de residencia del titular, y éste sea mutualista jubilado beneficiario que tenga esta condición por fallecimiento, separación, divorcio o nulidad del matrimonio del mutualista y posea un documento asimilado al de afiliacón expedido por MUFACE. Si ha cambiado a una entidad de seguro, recibirá en su domicilio la/s tarjeta/s sanitaria/s de la nueva entidad en el plazo máximo de siete días naturales. En caso de necesidad, puede solicitar a la entidad una tarjeta sanitaria provisional.
¿Cuándo puedo pedir la tarjeta roja?
La tarjeta roja es el documento que se concede a todas aquellas personas procedentes de una región en conflicto o que han sufrido un desastre natural mediante el cual se les autoriza a vivir en territorio español.
Si una vez que el mutualista ha cambiado de entidad, consulta el Catálogo de Proveedores del año y ve que el médico o centro, donde acude habitualmente, no figuran en el cuadro médico de la nueva entidad, ¿se puede volver a cambiar de entidad médica?. En el supuesto de realizar un cambio ordinario , ¿se puede cambiar de entidad, de nuevo, en el siguiente periodo de cambio?. Si una vez que el mutualista ha cambiado de entidad, consulta el Catálogo de Proveedores del año y ve que el médico o centro donde acude habitualmente, no figura en el cuadro médico de la nueva entidad, ¿se puede volver a cambiar de entidad médica?. Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares afectados por el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidades, incluido, en su caso, los Servicios Públicos de Salud. Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares afectados por el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidades, incluido, en su caso, el INSS.
Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años adscrito a los Servicios Públicos de Salud, en el caso de que le sea concedido el cambio. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años adscrito al INSS, en el caso de que le sea concedido el cambio. Durante los meses de enero y junio, los mutualistas y beneficiarios con documento asimilado al de afiliación, que estén adscritos al INSS (Sistema Sanitario Público) o a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria , podrán solicitar cambio de entidad médica.
Cuando se produzca un cambio de destino del mutualista en activo que implique traslado de provincia. Por la que se concretan programas de ayudas, se señalan las condiciones específicas de acceso de los beneficiarios a las ayudas y se determinan las cuantías de estas. Cuando, manteniendo su localidad de destino, el mutualista cambie su domicilio a otra provincia o isla.
¿Que viene después de la tarjeta roja?
Si a los seis meses de haberte emitido la tarjeta roja no se ha decidido aun tu solicitud de asilo, se renueva la tarjeta roja, y se incluye de nuevo la mención expresa “AUTORIZA A TRABAJAR”. Cada seis meses la renovarán en las mismas condiciones hasta que emitan la resolución definitiva.
La Oficina de Información al Mutualista les remitirá a su domicilio el documento de afiliación, actualizado. El mutualista puede autorizar a un tercero, mayor de edad para que realice el cambio en su nombre. En tal caso, MUFACE exigirá la presentación de la autorización escrita para tramitarlo, que incluirá el nombre y número de afiliación del mutualista y el nombre y DNI de la persona autorizada. Cuando el mutualista obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las entidades afectadas.